Este producto no está disponible para personal del sector salud (médicos, enfermeras, personal administrativo o de apoyo en hospitales, etc.), además de las siguientes actividades:
ASISTENCIAS THONA COVID
Ante cualquier sospecha de contagio se brinda atención médica telefónica sin costo, con acceso a una video-consulta en caso de requerirlo.
Asistencia psicológica telefónica en caso de que el asegurado o algún integrante de su familia requiera apoyo psicológico durante la contingencia las 24 horas todos los días del año.
Consulta a domicilio (apegándose a las medidas de sanidad vigentes y a las recomendaciones del médico determinadas en video consulta previamente) con precios preferenciales.
Ampara los gastos a consecuencia de un Accidente siempre y cuando se reciba atención medica dentro de los 10 días siguientes a la fecha de haber ocurrido el accidente y durante un periodo máximo de 365 días contados a partir de la fecha en que se erogue el primer gasto y una vez superado el deducible contratado.
Gastos Cubiertos:
Tratamiento médico o intervención quirúrgica, hospitalización, servicios de enfermera, ambulancia y medicinas.
Pago Directo en atención médica en caso de accidente, a nivel nacional en más de 450 hospitales, las 24 hrs. los 365 días del año a través de nuestro Centro de Atención Telefónica con tan sólo una llamada al 01800 890 6824, aún y cuando la hospitalización no sea mayor a un día.
Se indemnizará la suma asegurada contratada de acuerdo a:
Para las siguientes intervenciones aplicará un período de espera de 180 días, contados a partir de la fecha de inicio de vigencia, siempre y cuando no sean a consecuencia directa de un accidente, en cuyo caso no aplicará período de espera alguno.
Pérdida Orgánica | Escala «A» |
---|---|
Ambas manos, ambos pies o la vista de ambos ojos | 100% |
Una mano y un pie | 100% |
Una mano y la vista de un ojo | 100% |
Un pie y la vista de un ojo | 100% |
Una mano o un pie | 50% |
La vista de un ojo | 30% |
El pulgar de cualquier mano | 15% |
El indice de cualquier mano | 10% |
Cualquiera de los dedos medio, anular o meñique | 5% |
Pérdida Orgánica | Escala «A» | Escala «B» |
---|---|---|
Ambas manos, ambos pies o la vista de ambos ojos | 100% | 100% |
Una mano y un pie | 100% | 100% |
Una mano y la vista de un ojo | 100% | 100% |
Un pie y la vista de un ojo | 100% | 100% |
Una mano o un pie | 50% | 50% |
La vista de un ojo | 30% | 30% |
El pulgar de cualquier mano | 15% | 15% |
El indice de cualquier mano | 10% | 10% |
Cualquiera de los dedos medio, anular o meñique | 5% | 5% |
Tres dedos comprendiendo el pulgar y el índice de una mano | 30% | |
Amputación parcial de un pie comprendiendo todos los dedos | 30% | |
Tres dedos que no sean el pulgar o el índice de una mano | 25% | |
El pulgar y otro dedo que no sea el índice de una mano | 25% | |
Sordera completa e irreversible de ambos oídos | 25% | |
El índice y otro dedo que no sea el pulgar de una mano | 20% | |
Acotamiento de un miembro inferior en por lo menos 5cm. | 15% |
La Compañía pagará al Asegurado el importe de la suma asegurada para esta cobertura en caso de que éste sea hospitalizado a consecuencia de haber sido diagnosticado con COVID-19. Esta cobertura operará una vez que hayan transcurrido dos días continuos de hospitalización.
La Compañía pagará la suma asegurada de esta cobertura en caso de que al Asegurado se le diagnostique una Grave Enfermedad. Se entenderá por Grave Enfermedad cualquiera de los siguientes padecimientos que ocurran o se diagnostiquen por primera vez durante el período de cobertura con:
La Compañía pagará al Asegurado el importe estipulado en la carátula de la póliza por cada día completo (24 horas) que permanezca hospitalizado por accidente o enfermedad. Esta cobertura ampara al Asegurado desde el primer día de hospitalización hasta por el número de días estipulado en la carátula de la póliza con un máximo de 30 días.
Se indemnizará la suma asegurada contratada de acuerdo a:
Para las siguientes intervenciones aplicará un período de espera de 180 días, contados a partir de la fecha de inicio de vigencia, siempre y cuando no sean a consecuencia directa de un accidente, en cuyo caso no aplicará período de espera alguno.
Si como consecuencia de un accidente cubierto, el asegurado sufriera un estado de incapacidad total temporal, se pagará en una sola exhibición la suma asegurada contratada siempre y cuando sea mayor o igual a 12 días.
El pago de la suma asegurada se realiza al presentar las pruebas (dictamen emitido por cualquier Institución de Salud Pública o por un médico particular certificado por el colegio de profesionistas) que demuestren o corroboren dicha condición.
El pago de la suma asegurada se realiza al presentar las pruebas (dictamen emitido por cualquier Institución de Salud Pública o por un médico particular certificado por el colegio de profesionistas) que demuestren o corroboren dicha condición y después de que hayan transcurrido 6 meses contados a partir de que se haya diagnosticado la Invalidez total y permanente y ésta subsista al término de dicho período.
Se considerará que existe invalidez cuando el Asegurado como consecuencia de un accidente, se halle imposibilitado para tener un trabajo igual o una remuneración superior al 50% comprobable de acuerdo a sus habilidades y conocimientos durante el último año de trabajo.
También se consideran estados de Invalidez, sin que opere el período de espera de 6 meses, los siguientes eventos:
Se pagará al Asegurado el importe estipulado en la carátula de la póliza por cada día completo (24 hrs.) que permanezca hospitalizado por accidente o enfermedad. La cobertura comenzará a operará a partir del 3° día de hospitalización y hasta por 90 días después del accidente.
En caso de hospitalización por embarazo, parto y complicaciones del embarazo, aplicará un periodo de espera de 8 meses contados a partir del ingreso del Asegurado al Grupo.
Esta cobertura puede ser extensiva al Cónyuge (concubinario o conviviente) e hijos menores de 24 años.
Ampara los gastos a consecuencia de un Accidente siempre y cuando se reciba atención medica dentro de los 10 días siguientes a la fecha de haber ocurrido el accidente y durante un periodo máximo de 365 días contados a partir de la fecha en que se erogue el primer gasto y una vez superado el deducible contratado.
Gastos Cubiertos:
Tratamiento médico o intervención quirúrgica, hospitalización, servicios de enfermera, ambulancia y medicinas.
Se pagará al Asegurado el importe estipulado en la carátula de la póliza por cada día completo (24 hrs.) que permanezca hospitalizado por accidente o enfermedad. La cobertura comenzará a operará a partir del 3° día de hospitalización y hasta por 90 días después del accidente.
*En caso de hospitalización por embarazo, parto y complicaciones del embarazo, aplicará un periodo de espera de 8 meses contados a partir del ingreso del Asegurado al Grupo.
Esta cobertura tiene por objetivo cubrir gastos funerarios y por lo tanto la suma asegurada no podrá ser mayor al equivalente a 60 veces la UMA (Unidad de Medida Actualizada) a la fecha que ocurra la muerte por accidente.
Siempre y cuando ocurra dentro de los 90 días siguientes.
Gastos Funerarios por Accidente para Mayores de 12 años La Aseguradora pagará al Asegurado titular, la suma asegurada contratada para esta cobertura, si el Asegurado mayor de 12 años fallece a consecuencia directa de un accidente cubierto ocurrido durante la vigencia de la póliza, siempre y cuando la muerte ocurra dentro de los 90 días siguientes a la fecha del accidente.
La Aseguradora paga al Asegurado el porcentaje que corresponda de la suma asegurada contratada para esta cobertura, si sufre cualquiera de las pérdidas orgánicas indicadas, a consecuencia directa de un accidente, siempre y cuando las pérdidas orgánicas ocurran dentro de los 90 días siguientes a la fecha del accidente y el certificado individual correspondiente se encuentre en vigor a la fecha del siniestro.
La indemnización que se otorga por las pérdidas orgánicas, es la que resulta de aplicar el porcentaje indicado como indemnización a la suma asegurada contratada, de acuerdo con la siguiente tabla:
La Aseguradora paga al beneficiario o beneficiarios designados, la suma asegurada contratada para esta cobertura, si el Asegurado fallece a consecuencia directa de un accidente cubierto ocurrido durante la vigencia de la póliza, siempre y cuando la muerte ocurra dentro de los 90 días siguientes a la fecha del accidente y el certificado individual correspondiente se encuentre en vigor a la fecha del siniestro.
Cubre si el asegurado fallece en un accidente:
Si durante la vigencia de la póliza, al asegurado se le realiza un primer diagnóstico de cáncer, Thona pagará en una sola exhibición la Suma Asegurada contratada.
*Estas coberturas tienen un período de espera de 60 días naturales a partir del inicio de vigencia y no es reinstalable en el año de vigencia en que ocurra el evento.
Si durante la vigencia de la póliza, al asegurado se le realiza un primer diagnóstico de cáncer de mama, ovario, útero, cervicouterino y próstata, Thona pagará en una sola exhibición la Suma Asegurada contratada.
*Estas coberturas tienen un período de espera de 60 días naturales a partir del inicio de vigencia y no es reinstalable en el año de vigencia en que ocurra el evento.
Si durante la vigencia de la póliza el asegurado fallece de cáncer de mama, ovario, útero, cervicouterino y próstata, Thona pagará en una sola exhibición la Suma Asegurada contratada.
*Estas coberturas tienen un período de espera de 60 días naturales a partir del inicio de vigencia y no es reinstalable en el año de vigencia en que ocurra el evento.
Thona pagará en una sola exhibición la Suma Asegurada contratada siempre y cuando el fallecimiento sea causa directa de cáncer.
*Estas coberturas tienen un período de espera de 60 días naturales a partir del inicio de vigencia y no es reinstalable en el año de vigencia en que ocurra el evento.
Perdida Orgánica | Escala «A» | Escala «B» |
---|---|---|
Ambas manos, ambos pies o la vista de ambos ojos | 100% | 100% |
Una mano y un pie | 100% | 100% |
Una mano y la vista de un ojo | 100% | 100% |
Un pie y la vista de un ojo | 100% | 100% |
Una mano o un pie | 50% | 50% |
La vista de un ojo | 30% | 30% |
El pulgar de cualquier mano | 15% | 15% |
El indice de cualquier mano | 10% | 10% |
Cualquiera de los dedos medio, anular o meñique | 5% | 5% |
Tres dedos comprendiendo el pulgar y el índice de una mano | 30% | |
Amputación parcial de un pie comprendiendo todos los dedos | 30% | |
Tres dedos que no sean el pulgar o el índice de una mano | 25% | |
El pulgar y otro dedo que no sea el índice de una mano | 25% | |
Sordera completa e irreversible de ambos oídos | 25% | |
El índice y otro dedo que no sea el pulgar de una mano | 20% | |
Acotamiento de un miembro inferior en por lo menos 5cm. | 15% |
Thona pagará diariamente la Suma Asegurada contratada hasta el tercer día si el asegurado permanece 24 horas hospitalizado por accidente o enfermedad, durante 90 días.
La suma asegurada se establece de acuerdo al ingreso nominal del grupo, mínimo $200 pesos diarios hasta $1,000 pesos diarios.
En caso de hospitalización por embarazo, parto y complicaciones del embarazo, aplicará un período de espera de 8 meses contados a partir del ingreso del Asegurado al Grupo.
Thona pagará en una sola exhibición la Suma Asegurada contratada si el asegurado es intervenido quirúrgicamente:
Para efectos de esta cobertura solo se considerarán como eventos cubiertos las intervenciones quirúrgicas que se realicen en el territorio nacional.
En las siguientes intervenciones, aplicará un período de espera de 180 días, a partir de la fecha de alta siempre y cuando no sean a consecuencia directa de un accidente, en cuyo caso no aplicará período de espera alguno:
En caso de que al asegurado se le diagnostique una Grave Enfermedad (previa certificación médica, cuyo pronostico sea fatal) por primera vez durante el período de cobertura, Thona pagara la suma asegurada de los siguientes padecimientos:
Se cubre el total del grupo asegurado de la siguiente forma:
Perdida Orgánica | Escala «A» | Escala «B» |
---|---|---|
Ambas manos, ambos pies o la vista de ambos ojos | 100% | 100% |
Una mano y un pie | 100% | 100% |
Una mano y la vista de un ojo | 100% | 100% |
Un pie y la vista de un ojo | 100% | 100% |
Una mano o un pie | 50% | 50% |
La vista de un ojo | 30% | 30% |
El pulgar de cualquier mano | 15% | 15% |
El indice de cualquier mano | 10% | 10% |
Cualquiera de los dedos medio, anular o meñique | 5% | 5% |
Tres dedos comprendiendo el pulgar y el índice de una mano | 30% | |
Amputación parcial de un pie comprendiendo todos los dedos | 30% | |
Tres dedos que no sean el pulgar o el índice de una mano | 25% | |
El pulgar y otro dedo que no sea el índice de una mano | 25% | |
Sordera completa e irreversible de ambos oídos | 25% | |
El índice y otro dedo que no sea el pulgar de una mano | 20% | |
Acotamiento de un miembro inferior en por lo menos 5cm. | 15% |
Cubre si el asegurado fallece en un accidente:
Si durante la vigencia de la póliza, al asegurado se le realiza un primer diagnóstico de cáncer de mama, ovario, útero, cervicouterino y próstata, Thona pagará en una sola exhibición la Suma Asegurada contratada.
*Estas coberturas tienen un período de espera de 60 días naturales a partir del inicio de vigencia y no es reinstalable en el año de vigencia en que ocurra el evento.
Si durante la vigencia de la póliza, al asegurado se le realiza un primer diagnóstico de cáncer, Thona pagará en una sola exhibición la Suma Asegurada contratada.
*Estas coberturas tienen un período de espera de 60 días naturales a partir del inicio de vigencia y no es reinstalable en el año de vigencia en que ocurra el evento.
Si durante la vigencia de la póliza el asegurado fallece de cáncer de mama, ovario, útero, cervicouterino y próstata, Thona pagará en una sola exhibición la Suma Asegurada contratada.
*Estas coberturas tienen un período de espera de 60 días naturales a partir del inicio de vigencia y no es reinstalable en el año de vigencia en que ocurra el evento.
Thona pagará en una sola exhibición la Suma Asegurada contratada siempre y cuando el fallecimiento sea causa directa de cáncer.
*Estas coberturas tienen un período de espera de 60 días naturales a partir del inicio de vigencia y no es reinstalable en el año de vigencia en que ocurra el evento.
Thona pagará diariamente la Suma Asegurada contratada hasta el tercer día si el asegurado permanece 24 horas hospitalizado por accidente o enfermedad, durante 90 días.
La suma asegurada se establece de acuerdo al ingreso nominal del grupo, mínimo $200 pesos diarios hasta $1,000 pesos diarios.
En caso de hospitalización por embarazo, parto y complicaciones del embarazo, aplicará un período de espera de 8 meses contados a partir del ingreso del Asegurado al Grupo.
Thona pagará en una sola exhibición la Suma Asegurada contratada si el asegurado es intervenido quirúrgicamente:
Para efectos de esta cobertura solo se considerarán como eventos cubiertos las intervenciones quirúrgicas que se realicen en el territorio nacional.
En las siguientes intervenciones, aplicará un período de espera de 180 días, a partir de la fecha de alta siempre y cuando no sean a consecuencia directa de un accidente, en cuyo caso no aplicará período de espera alguno:
En caso de que al asegurado se le diagnostique una Grave Enfermedad (previa certificación médica, cuyo pronostico sea fatal) por primera vez durante el período de cobertura, Thona pagara la suma asegurada de los siguientes padecimientos:
Si durante la vigencia de la póliza al Asegurado se le realiza un primer diagnóstico de cáncer, la Compañía le pagará la Suma Asegurada contratada para esta cobertura.
Esta cobertura tiene un periodo de espera de 60 días naturales a partir del inicio de vigencia de la póliza y no es reinstalable en el año de vigencia en que ocurra el evento.
La Compañía pagará al Asegurado el importe estipulado en la carátula de la póliza por cada día completo (24 horas) que permanezca hospitalizado por accidente o enfermedad, hasta el número de días máximo estipulado en la carátula de la póliza.
En el caso de hospitalización por embarazo, parto y complicaciones del embarazo, aplicará un periodo de espera de ocho meses contados a partir del inicio de vigencia de la póliza.
Si durante la vigencia de la póliza, al Asegurado se le realiza un primer diagnóstico de cáncer de; mama, ovario, útero o próstata, la Compañía le pagará la Suma Asegurada contratada para esta cobertura.
Esta cobertura tiene un periodo de espera de 60 días naturales a partir del inicio de vigencia de la póliza y no es reinstalable en el año de vigencia en que ocurra el evento.
Cubre cualquiera de los siguientes padecimientos que ocurran o se diagnostiquen por primera vez durante el período de cobertura de acuerdo con los siguientes padecimientos:
La Compañía pagará la Suma Asegurada contratada por concepto de Gastos Funerarios, si el Asegurado Titular o alguno de sus Dependientes Asegurados fallecen dentro la vigencia de la póliza en la que se encuentran asegurados.
Esta cobertura estará en vigor para los Dependientes Asegurados siempre y cuando el Asegurado Titular permanezca con vida.
Cubre cualquiera de los siguientes padecimientos que ocurran o se diagnostiquen por primera vez durante el período de cobertura de acuerdo con los siguientes padecimientos:
Si durante la vigencia de la póliza el asegurado se invalida total y permanentemente, Thona eximirá al contratante del pago de primas hasta que termine la vigencia estipulada en la caratula de la póliza, una vez transcurrido el periodo de espera de 6 meses.
En caso de requerirlo, La Compañía pagará al Asegurado la Suma Asegurada que resulte de descontar a la suma asegurada básica el 50% (cincuenta por ciento) siempre que éste no sea superior a $200,000.00 (doscientos mil pesos 00/100 M.N.), al momento de presentar las pruebas de su estado terminal a La Compañía, y al momento de la muerte se pagará la Suma Asegurada restante a los beneficiarios, en la proporción designada en la póliza.
Se considera que una enfermedad es terminal cuando ésta sea incurable a la fecha del diagnóstico y lleve irremediablemente a la muerte y no exista para esta enfermedad tratamiento médico o procedimiento quirúrgico curativo, no paliativo que permita una supervivencia mayor a 365 días.
La Compañía pagará la Suma Asegurada contratada por concepto de Gastos Funerarios, si el Asegurado Titular o alguno de sus Dependientes Asegurados fallecen dentro la vigencia de la póliza en la que se encuentran asegurados.
Esta cobertura estará en vigor para los Dependientes Asegurados siempre y cuando el Asegurado Titular permanezca con vida.