Con base en la Ley de Condusef, artículo 11 fracción XVI del capítulo 1 sobre las facultades de la Comisión Nacional, ésta tiene la obligación de:
I. Informar al público sobre la situación de los servicios que prestan las Instituciones Financieras y sus niveles de atención, así como de aquellas Instituciones que presentan los niveles más altos de reclamaciones por parte de los Usuarios. Esta información podrá incluir la clasificación de Instituciones en aspectos cualitativos y cuantitativos.
En beneficio del usuario al difundir la información relacionada con el comportamiento del sector financiero en México, la Comisión Nacional propicia cultura financiera y al mismo tiempo una mayor competencia entre los intermediarios, al obligarlos a mejorar sus servicios y productos.
Es por eso que en Thona Seguros, nos complace informar nuestra calificación IDATU (Índice de Desempeño de Atención) otorgada por CONDUSEF con un 9.63 en Atención a Clientes.