Seguros dirigidos a las escuelas, asociaciones y a cualquier institución académica enfocados a garantizar el pago de los estudios de los alumnos en caso de fallecimiento del padre y/o tutor legal.

DEFINICIÓN DE COBERTURA BÁSICA

FALLECIMIENTO

Edades de aceptación:

Mínima: 18 Años

Máxima: 70 Años

Cancelación: 99 Años

Fallecimiento por cualquier causa

(Básica)

INVALIDEZ TOTAL Y PERMANENTE

Edades de aceptación:

Mínima: 18 Años

Máxima:  64 Años

Cancelación: 65 Años

Invalidez total y permanente

Periodo de espera de 3 meses (BIPA3)

DESEMPLEO

Edades de aceptación:

Mínima: 18 Años

Máxima:  64 Años

Cancelación: 65 Años

Desempleo con Periodo de carencia de 30 días

Periodo de espera de 30 días, cubriendo 3 o 6 meses de colegiaturas.

Las coberturas de Desempleo Involuntario e Incapacidad Total Temporal, son excluyentes.

Se pueden cubrir 3 o 6 colegiaturas considerando lo siguiente:

 

Periodo de Carencia.- Es el período que deberá transcurrir a partir de que el asegurado es dado de alta en el grupo asegurado, para que se encuentre cubierto bajo esta cobertura. Dicho período será de 30 días naturales.

 

Periodo de Espera.- Es el período que debe transcurrir, a partir de la fecha en que ocurra el desempleo, para que en términos contractuales se origine el pago del beneficio. El período de espera es de 30 días naturales.

Características y Reglas de Negocio

El contratante será la Institución Educativa y deberá ser una persona moral formalmente constituida o una persona física con actividad empresarial, quien desea cubrir el pago de las colegiaturas por los grados restantes hasta concluir el último grado escolar que tenga registrado dicha institución. En este caso el contratante será el beneficiario preferente y deberá de firmar el finiquito.

Se deberá de asegurar al 100% de los padres o bien si es de manera opcional el grupo deberá de estar conformado por el 50% de la población total.


En caso de existir un tutor por que el alumno sea menor de edad se acreditará con documento Legal ante el juez de lo familiar que acredite el nombramiento del tutor.


Personas Asegurables: todos los padres y/o tutores que no se encuentren en un proceso de incapacidad o invalidez al inicio de vigencia de la póliza, a menos que lo declare el Contratante.


Forma de Administración: Detallada y A declaración
Reglas de Suma Asegurada: Fija y Meses de colegiatura (adicionando gastos de inscripción, útiles, uniformes entre otros)

Comprobación en caso de Siniestro

Será necesario entregar como parte de la documentación cualquiera de los siguientes documentos que compruebe que es el padre o tutor del alumno:

-Contrato de la escuela donde se compromete a realizar el pago de las colegiaturas, ficha de inscripción del alumno, formato de datos generales del alumno, mismo que deberá de especificar al momento de solicitar la emisión de la póliza y se registre como un endoso.

-Adicionalmente el contratante deberá de firmar el finiquito, donde se comprometa a destinar la suma asegurada para el pago de las colegiaturas.

Seguros dirigidos a las escuelas, asociaciones y a cualquier institución académica enfocados a garantizar el pago de los estudios de los alumnos en caso de fallecimiento del padre y/o tutor legal.

DEFINICIÓN DE COBERTURA BÁSICA

FALLECIMIENTO

Edades de aceptación:

Mínima: 18 Años

Máxima: 70 Años

Cancelación: 99 Años

Fallecimiento por cualquier causa

(Básica)

INVALIDEZ TOTAL Y PERMANENTE

Edades de aceptación:

Mínima: 18 Años

Máxima:  64 Años

Cancelación: 65 Años

Invalidez total y permanente

Periodo de espera de 3 meses (BIPA3)

DESEMPLEO

Edades de aceptación:

Mínima: 18 Años

Máxima:  64 Años

Cancelación: 65 Años

Desempleo con Periodo de carencia de 30 días

Periodo de espera de 30 días, cubriendo 3 o 6 meses de colegiaturas.

Las coberturas de Desempleo Involuntario e Incapacidad Total Temporal, son excluyentes.

Se pueden cubrir 3 o 6 colegiaturas considerando lo siguiente:

 

Periodo de Carencia.- Es el período que deberá transcurrir a partir de que el asegurado es dado de alta en el grupo asegurado, para que se encuentre cubierto bajo esta cobertura. Dicho período será de 30 días naturales.

 

Periodo de Espera.- Es el período que debe transcurrir, a partir de la fecha en que ocurra el desempleo, para que en términos contractuales se origine el pago del beneficio. El período de espera es de 30 días naturales.

Características y Reglas de Negocio

El contratante será la Institución Educativa y deberá ser una persona moral formalmente constituida o una persona física con actividad empresarial, quien desea cubrir el pago de las colegiaturas por los grados restantes hasta concluir el último grado escolar que tenga registrado dicha institución. En este caso el contratante será el beneficiario preferente y deberá de firmar el finiquito.

Se deberá de asegurar al 100% de los padres o bien si es de manera opcional el grupo deberá de estar conformado por el 50% de la población total.


En caso de existir un tutor por que el alumno sea menor de edad se acreditará con documento Legal ante el juez de lo familiar que acredite el nombramiento del tutor.


Personas Asegurables: todos los padres y/o tutores que no se encuentren en un proceso de incapacidad o invalidez al inicio de vigencia de la póliza, a menos que lo declare el Contratante.


Forma de Administración: Detallada y A declaración
Reglas de Suma Asegurada: Fija y Meses de colegiatura (adicionando gastos de inscripción, útiles, uniformes entre otros)

Comprobación en caso de Siniestro

Será necesario entregar como parte de la documentación cualquiera de los siguientes documentos que compruebe que es el padre o tutor del alumno:

-Contrato de la escuela donde se compromete a realizar el pago de las colegiaturas, ficha de inscripción del alumno, formato de datos generales del alumno, mismo que deberá de especificar al momento de solicitar la emisión de la póliza y se registre como un endoso.

-Adicionalmente el contratante deberá de firmar el finiquito, donde se comprometa a destinar la suma asegurada para el pago de las colegiaturas.

Orfandad

La modalidad de seguros orfandad, es una modalidad dentro de los seguros de vida dirigidos a las escuelas, asociaciones e instituciones académicas. Esta modalidad tiene la función de garantizar, en el caso del fallecimiento del padre, madre o tutor legal cobertura de los estudios del alumno o alumna suscrita al seguro. Es decir, Thona asume el compromiso de pagar a la institución la suma asegurada que se ha contratado para la cobertura de las colegiaturas.

Sin embargo la modalidad de orfandad, tiene otras atractivas coberturas que no implican el fallecimiento de la madre, padre y/o tutor legal. Como, por ejemplo, la de invalidez total y permanente, con periodo de espera de 3 meses; o la de desempleo. En el caso de estas coberturas, son consideradas como “excluyentes”, en virtud de que sólo se puede cubrir de tres a seis colegiaturas.

Es importante que este seguro únicamente puede ser contratado por una Institución Educativa. Pero, es necesario que exista un tutor por cada alumno menor de edad, además de un contrato por parte de la escuela en donde se comprometa a utilizar el pago de la suma asegurada para la cobertura de las colegiaturas del alumno o alumna inscrita en su institución.