Sueldos y Salarios es un régimen fiscal bajo el cual tributan todos aquellos trabajadores que perciben un sueldo a cambio de brindar un servicio a una figura patronal; dentro de este artículo te diremos todo lo que necesitas saber acerca de lo que puedes deducir.
¿Qué es un régimen fiscal?
Un régimen fiscal es un conjunto de derechos y obligaciones que las personas adquieren una vez que se dan de alta ante el SAT (Servicio de Administración Tributaria) para comenzar a desempeñar alguna actividad económica y su alcance dependerá de las actividades e ingresos percibidos en determinado tiempo.
En México los regímenes fiscales se dividen en dos grupos: personas físicas y personas morales; una persona física se identifica como una sola persona que realiza una actividad económica; mientras que la persona moral es un conjunto de personas que formaron una sociedad con el fin de realizar una actividad económica.
Dentro de este artículo hablaremos más a detalle sobre el régimen de sueldos y salarios, así como sus obligaciones, características y qué podemos deducir bajo este régimen fiscal.
Régimen de Sueldos y Salarios
Al régimen de Sueldos y Salarios pertenecen todas aquellas personas asalariadas, es decir, que se encuentran contratadas por uno o varios patrones y realizan una serie de actividades, las cuales se ven reflejadas en la recepción de un sueldo periódicamente, además de tener ciertas prestaciones establecidas en la ley o superiores.
Los contribuyentes que tributan bajo este régimen están contratados completamente por las empresas, quienes realizan las retenciones de impuestos correspondientes al trabajador, además es importante mencionar que en la gran mayoría de las ocasiones el alta ante el SAT la realiza el patrón.
Obligaciones del régimen por sueldos y salarios
El régimen fiscal por sueldos y salarios es uno de los regímenes fiscales más sencillos, esto debido a que las personas que tributan bajo este régimen no están obligados a emitir facturas ni a presentar declaraciones mensuales; esto debido a que el patrón es el encargado de realizar estas y más acciones.
Además de la emisión de facturas y las declaraciones mensuales, el patrón tiene más obligaciones que te mencionaremos a continuación:
- Registrar a sus trabajadores ante el Registro Federal del Contribuyente.
- Realizar la entrega de una factura electrónica de nómina por cada pago realizado.
- Realizar la retención mensual por salarios.
- Entregar en efectivo las cantidades que resulten a favor del empleado.
- Presentar la Declaración Informativa Múltiple de Sueldos y Salarios cada año.
- Realizar las deducciones correspondientes a Sociedades Cooperativas y Cajas de Ahorro.
- Realizar deducciones en caso de pensiones alimenticias.
- Pagar las indemnizaciones que correspondan a los trabajadores.
- Calcular el impuesto anual de los prestadores de servicios en caso de que se requiera.
Además existen algunos casos en los que el mismo trabajador debe cumplir con la obligación de presentar su Declaración Anual, estos casos son los siguientes:
- Si el trabajador tuvo dos o más patrones de manera simultánea o si dejó de prestar sus servicios antes del 31 de diciembre; en este caso el mismo trabajador deberá presentar su declaración anual ante el SAT.
- Si el trabajador se encuentra trabajando en una empresa que NO está obligada a realizar las retenciones correspondientes, el mismo trabajador deberá realizar su declaración anual.
- Si el trabajador percibe ingresos mayores a $400,000 al año, deberá realizar su declaración anual correspondiente.
- Si el trabajador percibe ingresos por otra actividad distinta al empleo que tiene, deberá presentar su declaración anual.
Dentro de la declaración anual, el trabajador deberá señalar el total de ingresos percibidos durante el año fiscal, así cómo las deducciones de gastos que quiera realizar, con lo cual se determinará un saldo negativo, neutro o a favor del trabajador.
¿Qué es lo que puedes deducir de impuestos en el régimen de Sueldos y Salarios?
En caso de que el trabajador quiera realizar su declaración anual dentro de este régimen existen ciertos gastos que pueden ser deducibles de impuestos dentro de los cuales se encuentran los siguientes:
1. Pago de Colegiaturas (desde preescolar hasta preparatoria)
Estas deducciones sólo aplican cuando se trata de gastos para el contribuyente, su cónyuge, padres, abuelos, hijos o nietos. Además, sólo serán válidas aquellas instituciones educativas privadas con validez oficial de estudios. Los límites anuales de deducción son los siguientes:
- Preescolar: 14,200 pesos
- Primaria: 12,900 pesos
- Secundaria: 19,900 pesos
- Profesional técnico: 17,100 pesos
- Bachillerato o su equivalente: 24,500 pesos
2. Transporte escolar obligatorio
Solo será deducible en caso de ser obligatorio; para realizar la deducción se tendrá que contar con el comprobante de pago correspondiente.
3. Gastos médicos
Son todos aquellos gastos médicos como lo son:
- Honorarios médicos, dentales, de enfermería, psicología y nutrición.
- Gastos hospitalarios y medicinas incluidas en facturas de hospitales (no aplican las compras en farmacias)
- Prótesis
- Análisis y estudios clínicos
- Alquiler o compra de aparatos de rehabilitación
- Compra de lentes graduados
- Tratamientos dentales
4. Gastos funerarios
Se incluyen gastos funerarios de cónyuge, padres, abuelos, hijos y nietos. Puede realizarse con cualquier método de pago y se requiere la factura correspondiente para poder realizar la deducción.
5. Pago de primas por Seguro de Gastos Médicos (mayores y menores)
Esto aplica en caso de que el trabajador contrate una póliza de gastos médicos mayores para él o para su familia. Al igual que en otros casos se debe solicitar la factura correspondiente para poder presentarla en la declaración.
6. Intereses por créditos hipotecarios.
Se trata de intereses pagados por créditos hipotecarios destinados a tu casa habitación, contratados con el sistema financiero INFONAVIT O FOVISSTE, siempre y cuando el crédito otorgado no exceda de setecientas cincuenta mil unidades de inversión.
7. Impuestos locales por salarios.
8. Donativos a instituciones autorizadas
Estos no serán onerosos ni remunerativos, es decir, que no se otorguen como pago a cambio de servicios recibidos. El monto del donativo no debe exceder el 7% de los ingresos acumulables.
9. Aportaciones voluntarias a tu cuenta AFORE
Se trata de aportaciones complementarias de retiro que se realizan en la subcuenta de aportaciones voluntarias de tu AFORE.
Es importante que para realizar la deducción del gasto correspondiente se solicite una factura emitida por la institución correspondiente a nombre del trabajador que realizará la declaración anual.
Ventajas
Deberás pedir los recibos de pago y conseguir todas las facturas a lo largo del año para poder realizar la declaración anual. Hacerlo con un contador te ayudará a llevar este proceso de la mejor manera y tendrás más probabilidades de recibir saldo a favor por parte del SAT que justifique la ayuda profesional, aunque no siempre es garantía de ello.