Seguros de Vida diseñados específicamente para garantizar el pago de saldos deudores en caso de fallecimiento, invalidez y desempleo del contratante de un crédito personal, automotriz o hipotecario. De esta manera, se subsana la posible pérdida económica de la entidad financiera.

  • Va dirigido a empresas crediticias, constituidas legalmente, que otorguen préstamos económicos y deseen ser el beneficiario preferente e irrevocable del monto insoluto del crédito.

DEFINICIÓN DE COBERTURA BÁSICA

FALLECIMIENTO

Edades de aceptación:

Mínima: 18 Años

Máxima: 70 Años

Cancelación: 99 Años

INVALIDEZ TOTAL Y PERMANENTE

Edades de aceptación:

Mínima: 18 Años

Máxima:  64 Años

Cancelación: 65 Años

DESEMPLEO

Edades de aceptación:

Mínima: 18 Años

Máxima:  64 Años

Cancelación: 65 Años

Podemos asegurar al 100% de los deudores.

Amplia aceptación de asegurabilidad para todas las que, habiendo contraído una deuda con el contratante, firmen su consentimiento individual y que estén incluidos en el reporte mensual de deudores formulado por el contratante.

 

Variable de acuerdo con el saldo insoluto por crédito.

 

Si la suma asegurada convenida excede el importe del saldo insoluto al ocurrir un siniestro, el remanente se pagará al asegurado en caso de invalidez y a los beneficiarios designados en caso de fallecimiento.

 

Se puede complementar con otros seguros y los siguientes endosos:

 

• Lesiones por ingesta de alcohol

• Aviación particular

• Consentimientos individuales

• Actos delictivos

• Deportes peligrosos

• Motocicleta como medio de transporte

• Suicidio desde el primer día

•Indisputabilidad desde el primer día